Con la presente, el suscrito
perito Ing. Civil VALENTIN CASTELLANOS
RUBIO, nombrado y posesionado en el proceso de la referencia, me permito
allegar la Complementación y/o Aclaración al Dictamen Pericial rendido en fecha
diecisiete (17) de marzo de 2015, requerido por el Despacho en Auto de fecha seis
(6) de mayo de 2015, Aclaraciones y Complementaciones solicitadas por la
Apoderada Judicial del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- Dra. NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO, quien
solicitó ACLARACIÓN y COMPLEMENTACIÓN al
DICTAMEN PERICIAL, en los siguientes términos:
- Se solicita al Señor
perito aclare al Despacho de acuerdo con las conclusiones indicadas en el numeral 8 del informe y en cuanto al "cumplimiento de requisitos estructurales", se considera
necesario que se aclaren las bases que se tuvieron en cuenta para considerar que las estructuras existentes no cumplen con la normatividad.
- De acuerdo con las
conclusiones indicadas en el numeral 8 del informe y en cuanto a "cargas de diseño", se solicita aclare al Despacho las bases que se tuvieron en cuenta para considerar que la carga viva de la estructura existente "no llegue a los 120
KG/M2" más aún si se tiene en cuenta que de acuerdo con lo indicado en el numeral anterior el puente se diseñó y construyó bajo la normatividad aplicable en su momento y diferente a la relacionada.
- Se solicita al Señor
perito complemente el informe pericial informando al Despacho los valores
aproximados que en que incurriría la entidad competente en la construcción
nuevamente del puente ubicado en la Carrera 45 No. 205- 059 de esta ciudad.
- Se solicita al Señor
perito complemente el informe pericial sobre los valores aproximados en que incurriría la entidad competente en ejecutar un mantenimiento al Puente Peatonal ubicado en la Carrera 45 No. 205-059 de esta ciudad.
- Se solicita al Señor
Ingeniero Valentín complemente el informe pericial aclarando si de acuerdo a las condiciones que presenta el puente peatonal, mediante intervenciones de mantenimiento no estructurales, como son: reparación de sectores con corrosión, pintura de la estructura y arreglo de pisos; es posible garantizar y alargar la vida
útil de servicio del puente Peatonal ubicado en la Carrera 45 No. 205-059 de esta ciudad.
- Se solicita al Señor
perito aclare al Despacho si teniendo en cuenta que los materiales mencionados como necesarios para la construcción de puentes peatonales, son los indicados en la Cartilla de Puentes del Distrito, la cual entro en vigencia a partir del año 2000, como guía de diseño únicamente para los puentes peatonales de la ciudad de Bogotá, aclare las razones por las cuales a una estructura construida con anterioridad a la vigencia de dicha guía de diseño se le hace exigible el "cumplimiento" de dichos parámetros.