Mostrando las entradas con la etiqueta Dictamenes. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Dictamenes. Mostrar todas las entradas

martes, agosto 04, 2020

AVALÚO DE SERVIDUMBRES con REPARACIÓN del DAÑO

Las servidumbres son una limitación total o parcial al derecho de propiedad. Se presenta cuando el dueño de un bien está imposibilitado para ejercer la totalidad de sus atribuciones o derechos sobre el bien.  Las servidumbres imponen limitaciones y obligaciones.


DERECHO A SERVIDUMBRE DE TRANSITO.- Si un predio no tiene comunicación con la vía pública,  el dueño tendrá derecho para imponer a los otros la servidumbre de tránsito en cuanto fuere indispensable para el uso y beneficio de su predio, pagando el valor del terreno necesario para la servidumbre, y resarciendo cualquier otro perjuicio.

DERECHOS DEL PROPIETARIO DEL PREDIO SIRVIENTE. El dueño del predio sirviente tendrá derecho a que se le pague el precio de todo el terreno que fuere ocupado por la servidumbre; teniendo, además, derecho a que se le indemnice de todo perjuicio ocasionado por la construcción de la SERVIDUMBRE.


CUÁNTO ES EL PAGO JUSTO POR UNA SERVIDUMBRE ? Primero.- Valor en porcentaje en relación con el valor del área que se afecta; Segundo.- Perjuicios o daños que concurran en el proceso de construcción de la servidumbre; Tercero.- Las minusvalías que afecten el resto del predio (daño al remanente).

Principios básicos del valor a indemnizar por una servidumbre:

Primero RENTABILIDAD.- La rentabilidad depende de la explotación y uso. Cualquier restricción que limite, cambie o impida dicho destino, afecta en forma parcial o total la renta y en consecuencia el valor económico del predio.

Segundo MONTO TOTAL.- El monto debe ser equivalente a la diferencia entre el valor del inmueble antes y después de la imposición de la servidumbre.

Tercero VALORES PREVIOS.- El valor de la propiedad antes de  la expropiación se investiga, y luego se calcula el resultante después de la imposición de la servidumbre. La diferencia entre esos valores es la SUMATORIA del perjuicio que corresponde compensar.

Reflexión con respecto al DAÑO REMANENTE.-  Qué ocurre si se afecta el resto del inmueble?  Si se causa un daño al remanente?. 

Es un daño que debe ser reparado mediante una indemnización que abarque el daño emergente y el lucro cesante causados al inmueble REMANENTE.

lunes, mayo 13, 2019

LAS ONDAS ELECTROMAGNÉTICAS, un ENEMIGO SILENCIOSO

A pesar de las medidas que vienen implementando ciertos países, en aras de salvaguardar la salud humana, estas medidas siguen quedando cortas.

Que las radiaciones electromagnéticas pueden afectar gravemente a la salud de todos los seres vivos no es discutible por mucho que algunos se empeñen en negarlo. La evidencia la dan los hechos: son decenas de miles las personas que han enfermado -y muchas, muerto- a consecuencia de ellas. Y cuando alguien afirma que no está demostrada "científicamente" la causa de todas esas enfermedades y muertes demuestra que es un ignorante o un manipulador. Existen estudios científicos suficientes para afirmarlo.


Aunque las empresas implicadas tengan tanto poder como para silenciarlos financiando otros estudios con la intención de sembrar la duda. Ya lo hicieron en su momento las compañías tabaqueras que se pasaron décadas afirmando también que no estaba "científicamente" demostrada la relación del  tabaco con el cáncer.

A raíz de los problemas que vienen generando las ondas electromagnéticas.se han adelantado demandas judiciales al respecto.

En Europa han prosperado ya varias demandas judiciales (peritajes) contra empresas de telefonía móvil relacionadas con los posibles daños de las antenas repetidoras. Una de dichas sentencias señala que los demandantes demostraron que "la instalación montada, emite radiaciones pulsantes de alta frecuencia que representan un peligro para la salud de los demandantes".

Tomado en parte de ámbito jurídico, página 19, "para tener en cuenta", semana del 6 al 19 de mayo de 2019-

jueves, febrero 01, 2018

ABOGADOS24HORAS

A partir de la fecha, se integran al GRUPO de DICTAMENES PERICIALES, un grupo de ABOGADOS expertos en las ramas del Derecho, que corresponden con los tipos de procesos que más frecuentemente ocupan los Despachos Judiciales, que han tomado para sí el nombre de ABOGADOS24HORAS.

El GRUPO de ABOGADOS24HORAS tendrán a su cargo, contestar vía telefónica o vía WHATSAPP las inquietudes de nuestros visitantes, planteando de manera sencilla los pasos que se deben seguir para el mejor paso a paso de un procedimiento judicial.

Al igual que DICTAMENES PERICIALES, con su línea abierta, busca resolver en primera instancia las inquietudes que desde el punto de vista Procesal y Procedimental, mejor conjuren las situaciones jurídicas que a diario están expuestos nuestros visitantes.


Como cabeza visible del Grupo de ABOGADOS24HORAS, estará la Dra. ERIKA REY, que con sus conocimientos, especializaciones y experiencia en el ámbito Jurídico, Litigioso, y al interior de la Rama Judicial, estará en línea para orientar en el mejor derrotero que deben seguir nuestros visitantes.

Bienvenidos señores ABOGADOS24HORAS