jueves, marzo 03, 2022

RETORNA LA PRESENCIALIDAD a los DESPACHOS JUDICIALES

Por medio del ACUERDO PCSJA22-11930, de fecha 25 de febrero de 2022, el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, en uso de sus facultades constitucionales y legales, ACORDÓ:


1) Prestación del Servicio y retorno a los Despachos Judiciales y Sedes Administrativas
  • La prestación de los servicios judiciales y administrativos y la atención a los usuarios se continuará garantizando de manera preferente en la modalidad digital y virtual, mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, de conformidad con las normas vigentes.
  • Retorno a despachos judiciales y sedes administrativas: mientras dure la emergencia sanitaria, el retorno a las actividades presenciales de los servidores judiciales será mínimo del 60% en cada despacho de magistrado, juzgado, secretaría, relatoría, centro de servicios, oficina de apoyo o dependencia administrativa de la Rama Judicial, en todo el territorio nacional, teniendo en cuenta las condiciones de bioseguridad, comportamiento de usuarios e instrucciones para el control de la pandemia COVID-19.
  • La atención presencial de usuarios se dará para quienes encuentren barreras de acceso y para quienes no tengan acceso a medios virtuales, lo cual será definido por el despacho o dependencia judicial
  • Realización de Audiencias. Las audiencias se continuarán realizando preferentemente en forma remota mediante la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones, para su agendamiento, realización, grabación, almacenamiento y disponibilidad, de conformidad con las normas procesales vigentes y haciendo uso de las plataformas y medios tecnológicos institucionales dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
  • Las audiencias presenciales se podrán efectuar teniendo en cuenta las circunstancias especiales de cada proceso, las cuales serán definidas por cada corporación, sala, magistrado o juez, con la observancia de los protocolos de bioseguridad.
  • Recepción virtual de documentos en los despachos judiciales y dependencias administrativas. Las demandas, tutelas, acciones, memoriales, oficios, documentos, escritos y otras solicitudes que se envíen a los despachos judiciales y dependencias administrativas, se continuarán recibiendo de manera virtual en la sede electrónica dispuesta por el Consejo Superior de la Judicatura. Excepcionalmente, se recibirán en físico cuando el usuario encuentre barreras de acceso o cuando manifieste que no cuenta con los medios tecnológicos, también se atenderá presencialmente cuando se trate de actuaciones verbales. En todos estos eventos la dependencia que los reciba procederá a digitalizarlos y remitirlos al competente para que integre el expediente.
2) Ingreso y Permanencia en las Sedes de la Rama Judicial
  • Reglas generales de acceso y permanencia en sedes. Para garantizar las actividades laborales en las sedes judiciales y administrativas de la Rama Judicial de manera presencial, cada dirección seccional de administración judicial deberá llevar el registro de los servidores judiciales que hayan recibido el esquema de vacunación previsto por el Gobierno Nacional.
  • Los servidores judiciales que en ejercicio de su autonomía decidieron no vacunarse, no podrán atender público de manera presencial, como medida preventiva para el propio servidor, y sanitaria para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19.