miércoles, diciembre 23, 2015

Dictamen Pericial en PROCESO REIVINDICATORIO de INMUEBLES



El suscrito Auxiliar de la Justicia Ingeniero Civil VALENTIN CASTELLANOS RUBIO, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi firma, obrando como Perito Ingeniero Civil, debidamente nombrado por el Despacho en auto de fecha catorce (14) de agosto de 2015, y posesionado dentro del Proceso de la referencia en fecha tres (3) de septiembre de 2015, me permito presentar el DICTAMEN PERICIAL ordenado por el Despacho en auto de nombramiento, cuyo objeto de la prueba tomado textualmente del auto de nombramiento, es el siguiente:

POR EL DESPACHO: Los puntos objeto de estudio por parte del auxiliar de la justicia son:

®         Practíquese diligencia de inspección judicial al predio objeto de la demanda para los fines indicados a folio 116, dentro de la cual intervendrá un perito a efectos que determine la ubicación del inmueble, su cabida, linderos y demás aspectos solicitados en la demanda.

ü   CUESTIONARIO DE LA PARTE DEMANDANTE (folio 116 de la DEMANDA del Expediente 2015 - 00350) - PRUEBAS:

b)      INSPECCIÓN JUDICIAL


Con el fin de determinar los hechos materia de la demanda, la posesión material de mala fe por parte de los demandados, la explotación económica a que está sometido el inmueble, sus mejoras, vías de acceso, estado de conservación, etc., solicito al Despacho se fije fecha y hora para llevar a cabo dicha diligencia.

miércoles, agosto 19, 2015

ACLARACIONES de PERITO en DICTAMEN PERICIAL


Con la presente, el suscrito perito Ing. Civil VALENTIN CASTELLANOS RUBIO, nombrado y posesionado en el proceso de la referencia, me permito allegar la Complementación y/o Aclaración al Dictamen Pericial rendido en fecha diecisiete (17) de marzo de 2015, requerido por el Despacho en Auto de fecha seis (6) de mayo de 2015, Aclaraciones y Complementaciones solicitadas por la Apoderada Judicial del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- Dra. NYDYA CRISTINA VARGAS GALINDO, quien solicitó ACLARACIÓN y COMPLEMENTACIÓN  al DICTAMEN PERICIAL, en los siguientes términos:

  1. Se solicita al Señor perito aclare al Despacho de acuerdo con las conclusiones indicadas en el numeral 8 del informe y en cuanto al "cumplimiento de requisitos estructurales", se considera necesario que se aclaren las bases que se tuvieron en cuenta para considerar que las estructuras existentes no cumplen con la normatividad.

  1. De acuerdo con las conclusiones indicadas en el numeral 8 del informe y en cuanto a "cargas de diseño", se solicita aclare al Despacho las bases que se tuvieron en cuenta para considerar que la carga viva de la estructura existente "no llegue a los 120 KG/M2" más aún si se tiene en cuenta que de acuerdo con lo indicado en el numeral anterior el puente se diseñó y construyó bajo la normatividad aplicable en su momento y diferente a la relacionada.

  1. Se solicita al Señor perito complemente el informe pericial informando al Despacho los valores aproximados que en que incurriría la entidad competente en la construcción nuevamente del puente ubicado en la Carrera 45 No. 205- 059 de esta ciudad.

  1. Se solicita al Señor perito complemente el informe pericial sobre los valores aproximados en que incurriría la entidad competente en ejecutar un mantenimiento al Puente Peatonal ubicado en la Carrera 45 No. 205-059 de esta ciudad.

  1. Se solicita al Señor Ingeniero Valentín complemente el informe pericial aclarando si de acuerdo a las condiciones que presenta el puente peatonal, mediante intervenciones de mantenimiento no estructurales, como son: reparación de sectores con corrosión, pintura de la estructura y arreglo de pisos; es posible garantizar y alargar la vida útil de servicio del puente Peatonal ubicado en la Carrera 45 No. 205-059 de esta ciudad.


  1. Se solicita al Señor perito aclare al Despacho si teniendo en cuenta que los materiales mencionados como necesarios para la construcción de puentes peatonales, son los indicados en la Cartilla de Puentes del Distrito, la cual entro en vigencia a partir del año 2000, como guía de diseño únicamente para los puentes peatonales de la ciudad de Bogotá, aclare las razones por las cuales a una estructura construida con anterioridad a la vigencia de dicha guía de diseño se le hace exigible el "cumplimiento" de dichos parámetros.

martes, agosto 18, 2015

DICTAMEN PERICIAL en DEMANDA de ACCIÓN CONTRACTUAL


El suscrito Auxiliar de la Justicia Ingeniero Civil VALENTIN CASTELLANOS RUBIO, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi firma, obrando como Perito Ingeniero Civil, debidamente nombrado por el Despacho en auto de fecha veintiocho (28) de mayo de 2013, y posesionado dentro del Proceso en fecha veintiocho (28) de abril de 2014, me permito presentar en la oportunidad procesal, el DICTAMEN PERICIAL solicitado por la parte Demandante y Demandado, y precisado y ordenado por el Despacho, así:


ü  DICTAMEN PERICIAL
  
Se decreta la prueba pericial solicitada por el apoderado de la parte actora en el capitulo de pruebas de la demanda, indicada en el numeral 7.4, visible a folio 73 del Cuaderno No. 1. Lo anterior con el fin de que determine el valor de mercado de los precios unitarios de las obras, o el costo real de las mismas, determinadas en el acta de modificación No 01 del contrato 3-145/2007.

Para tal fin debe determinar:

  • El valor real o de mercado para la fecha del acta de modificación No. 1 de
    cada ítem.
  • El valor que aparece en los pliegos de condiciones de dichos ítems.
  • La diferencia, entre cada ítem.
  • La diferencia o desfase o desequilibrio entre el valor real y el valor pagado por la entidad al respecto.
  • La indexación, de la suma resultante desde la fecha de ejecución de las obras, hasta la fecha en que se rinda el dictamen.

Por la parte DEMANDADA (INDUSTRIA MILITAR  -INDUMIL-):

  1. INSPECCIÓN JUDICIAL. Previo a decretar la inspección judicial solicitada a folio 117 del Cuaderno No. 1, la parte interesada dentro del término de los cinco (5) días siguientes a la notificación por estado de la presente providencia, se deberá allegar la totalidad de documentos decretados como prueba documental, a fin de determinar la utilidad, pertinencia y conducencia de la prueba solicitada.
 ®    FOLIO 117.

“Solicito al señor Juez, se practique una inspección judicial con asistencia de peritos, sobre el edifico objeto del contrato de Obra No. 3-145/2007, con el fin de que se determine:

i)        Si la obra entregada se compadece con la licitación pública inicialmente propuesta por la Industria Militar.

ii)   Si hubo modificaciones y de existir tales revelar si se encuentran revestidas de las características de imprevisibilidad y contundencia superior a un 20% del total de la obra.

domingo, agosto 16, 2015

DICTAMEN PERICIAL acerca de REPARACIÓN DE DAÑOS

El suscrito Auxiliar de la Justicia Ingeniero Civil VALENTIN CASTELLANOS RUBIO, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi firma, obrando como Perito Ingeniero Civil, debidamente nombrado por el Despacho en auto de fecha ocho (8) de abril de 2015, y posesionado dentro del Proceso de la referencia en fecha ocho (8) de mayo de 2015, me permito presentar el DICTAMEN PERICIAL ordenado por el Despacho el ocho (08) de abril de 2015, cuyo objeto de la prueba, tomado textualmente del auto de nombramiento, y cuestionario adicional de fecha quince (15) de abril de 2015 adjuntado por la parte Demandante, es:

POR EL DESPACHO: Los puntos objeto de estudio por parte del auxiliar de la justicia son:

1)    Si en el evento de parquearse un vehículo en el espacio del parqueadero para discapacitados se bloquearía el acceso al corredor que queda al fondo,
2)    Si la rampa del primer piso del parqueadero del Edificio Firense lleva al segundo piso de parqueaderos, cumple con las reglas sobre pendientes teniendo en cuenta al efecto los diversos puntos de la rampa.

POR LA PARTE DEMANDANTE: Los puntos objeto de estudio por parte del auxiliar de la justicia son:

1)    El perito señalará si a partir de los parqueaderos para visitantes y discapacitados del edificio existe alguna barrera o barreras que impidan o dificulten el acceso hacia la zona de los apartamentos o zonas comunes del edificio.

2)    ¿Los parqueaderos de visitantes y discapacitados cumplen con las mediadas establecidas por la ley para este tipo de bienes?

3)    ¿Qué clase de material se usó para el shut de basuras?

4)    ¿Cumple este material con las normas sobre composición de este tipo de shut, especialmente en lo relativo a normas para prevención de incendios?

5)    El perito revisará el informe técnico presentado por el arquitecto Felipe Añez en su testimonio y dará su opinión en cuanto a los comentarios del arquitecto sobre los siguientes aspectos, haciendo verificaciones de dichos hechos en el sitio respectivo:

a)     Supuesto incumplimiento de la norma técnica en la pendiente de las rampas de circulación vehicular de acceso a los parqueaderos del Edifico.
b)    Supuesto incumplimiento del ancho del parqueadero para minusválidos, al estar por debajo del ancho mínimo referido en el Decreto 1108 del 28 de Diciembre de 2000

c)     Supuesto incumplimiento de la norma técnica por el material del ducto del shut de basuras (que en opinión del experto debe cambiarse a lámina galvanizada para cumplir con la norma)

Dictamen Pericial acerca de VARIACIÓN DE SERVIDUMBRE


El suscrito Auxiliar de la Justicia Ingeniero Civil VALENTIN CASTELLANOS RUBIO, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi firma, obrando como Perito Ingeniero Civil, nombrado por el Despacho el veinticuatro (24) de junio de 2015, y posesionado por el Despacho en fecha veintitrés (23) de julio de 2015 en Audiencia de Inspección Judicial, me permito presentar el DICTAMEN PERICIAL solicitado por el Despacho, la parte Demandante y al Curador Ad-litem como consta en el Acta de Audiencia de Inspección Judicial, cuyo texto pertinente de solicitud de prueba pericial, es la siguiente:

PRUEBAS
  
“En este estado de la diligencia, el juez junto con sus acompañantes se trasladan al lote ubicado sobre la línea del Ferrocarril del Norte denominado SANTANA, vereda Río Grande, jurisdicción del Municipio de Cajicá, para efectos de identificar el terreno denominado LOTE SANTANA conformado por tres (3) predios identificado como Lote 1, Lote 2 y Lote 3, con el fin de evacuar la diligencia de inspección judicial con perito topógrafo. Una vez en el sitio de la diligencia el demandante junto con su apoderado procede a indicar el lugar por donde transcurre la SERVIDUMBRE, se pone a disposición del perito asignado. Acto seguido, el suscrito juez procede a formular cuestionario para que sea desarrollado por el perito presente de la siguiente forma:

®  POR EL DESPACHO:

1)    Sírvase indicar dentro de su comisión, si es procedente o no hacer la variación de la servidumbre implantada.
2)  Una vez observado el bien inmueble requiere al señor perito a efecto de que proceda a elaborar el respectivo plano del bien inmueble (predio sirviente), igualmente se identifique e individualice la nueva SERVIDUMBRE con los respectivos linderos y área, y así mismo la SERVIDUMBRE de conformidad con la Escritura que obra dentro del plenario No. 2176 del 10 de julio de 1992 de la Notaría 32 de Bogotá;
3)  De otra parte indique qué clase qué clase de SERVIDUMBRE se impondrá (vehicular, peatonal, o de paso, etc.) e indique si es procedente la SERVIDUMBRE ofrecida.

®  POR LA PARTE DEMANDANTE:

“Teniendo en cuenta lo pretendido en el numeral segundo (2do.) de la demanda, y en atención a que la SERVIDUMBRE planteada beneficia a los inmuebles identificados como obran en la referida pretensión, solicito se precise la continuidad de la variación desde el lindero del predio sirviente hasta conectar con la servidumbre existente, con el objeto de asumir los gastos que ocasione dicha variación, lo anterior teniendo en cuenta que la SERVIDUMBRE existente adolece de descripción de su cabida y linderos y características y sólo se limita a su enunciación en la Escritura indicada.

®  POR PARTE DEL CURADOR AD LITEM:

“Respetuosamente solicito se adicione el cuestionario del señor perito en los siguientes puntos y atendiendo principalmente a que el objeto del proceso es una SERVIDUMBRE se proceda así.

1)    Que el señor perito identifique en el plano topográfico a levantar el predio de las demandadas a quien represento (PREDIO DOMINANTE).
2)   Igualmente en plano separado se presente y anexe al proceso con claridad la SERVIDUMBRE ACTUAL y la SERVIDUMBRE OFRECIDA.

3)    Que en razón a que la SERVIDUMBRE beneficia a varios predios se determine con exactitud si el primer predio dominante a su vez presta servicio a los otros predios”.

sábado, agosto 15, 2015

METODOLOGÍA A APLICAR EN UN DICTAMEN PERICIAL DE EXPROPIACIÓN (Ley 388 de 1997)

Para la elaboración de un DICTAMEN PERICIAL de EXPROPIACIÓN de inmueble de la nomenclatura urbana de Bogotá D. C., utilizando el MÉTODO de COMPARACIÓN o de MERCADO, se deben llevar a cabo las siguientes etapas:

ü Revisión de toda la documentación[1] pertinente al predio, entre tales: identificación del predio por su dirección y descripción de linderos, certificado de estratificación y nomenclatura, certificado de tradición y libertad del inmueble objeto del avalúo, plano del predio con indicación de áreas de terreno, certificación de estrato, certificación de amenazas, certificación de rondas, afectaciones viales, usos permitidos, etc.

ü Obtener a través de las oficinas de Catastro Distrital, Planeación Distrital y sistemas de Información de Portales WB de las entidades distritales pertinentes (Secretaría Distrital de Planeación), la información adicional requerida, en aspectos tales como manzanas catastrales, planos urbanísticos y topográficos, etc., para la mejor localización del predio en estudio.

ü Estudio de Títulos mediante revisión del folio de matrícula inmobiliaria para constatar la existencia de afectaciones, servidumbres, otros, etc.

ü Verificación de la Reglamentación Urbanística vigente en el INMUEBLE a EXPROPIAR, concorde con el Plan de Ordenamiento de Bogotá D. C., y  la UPZ correspondiente.

ü Reconocimiento en terreno por parte del perito avaluador del predio en EXPROPIACIÓN, con localización  de paramentación, colindancias, y medición en terreno de alinderamientos,  áreas de construcción, etc.

ü Toma de fotografías que permitan la identificación de las características más importantes del predio en  EXPROPIACIÓN; y

ü  Estudio de Mercado: se adelantará un estudio de las ofertas de venta en el mercado de bienes inmuebles semejantes y comparables al objeto del avalúo, las cuales serán clasificadas, analizada e interpretadas para determinar la estimación del Valor del AVALÚO COMERCIAL del predio en EXPROPIACIÓN.



[1] Artículo 13 del Decreto 1420 de 1998